- Decisión
- DENIEGA TUTELA
- Descriptores
- DERECHO AL TRABAJO - / ABOGADOS - / CONTACTO CON SUS CLIENTES - / ACCIÓN DE TUTELA - / CONDICIONES - / PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD - / PERJUICIO IRREMEDIABLE - / DEFINICIÓN - / REQUISITOS - / TESIS: … de acuerdo con las manifestaciones realizadas por los accionantes, se tiene que la tutela está dirigida básicamente a que se ordene a la Fiscalía 167 DECCO con sede en Bogotá, que se abstenga de impedir el contacto personal de los procesados con sus defensores y que, de contera, suspenda cualquier orden que impida su acceso para entrevistarse con sus defendidos. La jurisprudencia constitucional es contundente al resaltar el carácter subsidiario y residual de la acción constitucional, y que la misma solo es procedente de manera supletoria, es decir, cuando no existan otros medios ordinarios de defensa judicial a los cuales se pueda acudir, y no sea usada como una forma de evadirlos. TESIS: “… La acción de tutela es un mecanismo de protección de derechos fundamentales cuyas características y condiciones son definidas por la misma Carta Política. Dentro de estos requisitos se encuentran la subsidiariedad y la inmediatez. (…) El fundamento constitucional de la subsidiariedad, bajo esta perspectiva, consiste en impedir que la acción de tutela, que tiene un campo restrictivo de aplicación, se convierta en un mecanismo principal de protección de los derechos fundamentales”. TESIS: La jurisprudencia de esta Corte ha definido el perjuicio irremediable como “el riesgo de consumación de un