- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- TRATAMIENTO INTEGRAL - / SUJETO DE ESPECIAL PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL - Menor de edad en condición de discapacidad y condiciones de extrema pobreza / SUMINISTRO DE SILLA DE RUEDAS - Se cumplen las subreglas para el suministro de la silla de ruedas y los criterios fijados por la Corte Constitucional para acceder a la orden de tratamiento integral / TESIS: En el presente caso con la respuesta del médico tratante, se evidencia la necesidad del insumo solicitado, dadas las condiciones de salud del agenciado en condición de discapacidad quien es un menor de edad y sujeto de especial protección constitucional, igualmente por las condiciones socioeconómicas en que se encuentra. Por tanto, se confirmará la decisión de primer grado. (…) Conforme al registro civil de nacimiento del agenciado8, se observa que cuenta con 6 años de edad y según registro aportado9 y la contestación de la demandada, se encuentra afiliado en el régimen subsidiado en salud en la NUEVA EPS S.A., en estado activo, nivel 4 del sisben catalogado como de extrema pobreza. Así mismo de la escala de Barthel10 aportada se desprende que su grado de dependencia es menor a 20, es decir tiene dependencia total. Conforme a lo anotado, se tiene que el menor agenciado es sujeto de especial protección constitucional, pues se trata de una persona en situación de discapacidad y por su edad, por lo que goza de un amparo Constitucional reforzado. De igual forma se observa que la médica tratante indica que el paciente requiere de