- Decisión
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- JURAMENTO ESTIMATORIO - / TESIS: Considera la Corporación que examinada de manera integral la demanda y confrontada con la manifestación realizada por el apoderado de la actora, en cuanto a la estimativa debidamente juramentada, así como la cuantificación , apreciación o tasación de perjuicios presentados mediante dictamen técnico pericial realizado por un perito inscrito en la lista de auxiliares de justicia aportado como prueba anticipada en la demanda y sus anexos, permite inferir que se satisface a plenitud la exigencia de la norma en comento, si en cuenta se tiene que no solamente se graduaron los conceptos sobre los cuales se fundamentaron los perjuicios sino que también se hizo la debida motivación de cada uno de ellos, señalando por qué y con fundamento en que se llega a dicho valor, discriminando cada uno de los valores estimados, esto no se trata entonces, de mostrarle al juzgador fórmulas para que el juez aplique sino más bien de determinar razonadamente, es decir entregar razones veraces que induzcan al juez a tener plena certeza de que la forma en se arribó a la cuantía de cada perjuicio tiene razones lógicas sólidas y reales que lo sustentan. Con lo anterior, también se quiere hacer notorio al apoderado de la ejecutante que no hubo del todo yerro por parte del A Quo al exigir los cálculos u operaciones aritméticas mediante las cuales se hizo la respectiva tasación, pues si bien es cierto existe discrecionalidad de los jueces al interpretar una norma también lo e