- Decisión
- ST2-0205-2024
- Descriptores
- DERECHO DE PETICIÓN - / REQUISITO - / FORMULAR LA SOLICITUD - / CARGA PROBATORIA - / CARGA PROBATORIA - / DEMOSTRAR LA PETICIÓN - / INCUMBE AL SOLICITANTE - / TESIS: … el problema jurídico consiste en establecer si el amparo resulta procedente para ventilar la cuestión debatida o si se presenta causal de improcedibilidad por falta de prueba de la presentación de la citada solicitud… como es conocido, para la procedencia de la acción de tutela se requiere que el interesado haya acudido de manera previa a la autoridad que supuestamente desconoce sus derechos fundamentales en aras de que se pronuncie sobre esa cuestión. En el caso concreto, a pesar de que la accionante afirmó haber elevado la petición a que se refieren los hechos de la tutela, lo cierto es que ninguna prueba contundente se aportó para acreditar esa manifestación que, por el contrario, fue controvertida por la parte accionada. TESIS: … si la prueba allegada con la demanda no demuestra la real radicación de la solicitud pensional, que por el contrario la UGPP alegó no contar entre sus archivos con petición en ese sentido y que no se aportó ante esta sede la constancia de radicación correspondiente, se debe concluir que, contrario a lo afirmado por la actora, no se evidencia que hubiere acudido a la entidad demandada para formular la citada reclamación. Al menos, no lo demostró en debida forma. Sobre la carga probatoria que le es atribuible a quien dice haber elevado derecho de petición, la Corte Constitucional ha