- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
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- CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL - / TESIS: La referida insuficiencia probatoria ocasiona el fracaso de las pretensiones formuladas por el señor Puentes Bareño. Reliévase, en todo caso, que la afirmación que -en contraposición a la prueba documental aportada por la opositora- hizo el demandante en torno a su condición de agente no puede servir eficientemente a sus propósitos, pues al principio general de la carga probatoria que en materia de afirmaciones definidas establece el artículo 177 del C. de P. C., se agrega la configuración del indicio grave que consagra la parte final del artículo 232, ibídem, ante la ausencia de documento que respalde lo que sobre ese mismo tema afirmó el demandante (condición suya, de agente mercantil con relación al negocio jurídico que, según él, sin solución de continuidad se mantuvo vigente desde el 1º de junio de 2004 hasta el 17 de septiembre de 2012). El prenotado indicio grave contrarresta el efecto similar que la actora le atribuyó a su contraparte, por no haber exhibido el original del escrito que en copia simple adosó a su libelo inicial (fls. 2 a 6). Titulación Tema Descargar