- Decisión
- MODIFICA SENTENCIA
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- INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA - / PENSIÓN DE INVALIDEZ - / COMPATIBILIDAD - / REQUISITOS - / TESIS: La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha resaltado que… el reconocimiento que se haga de la indemnización sustitutiva no afecta la eventualidad del derecho a la pensión de invalidez o de sobrevivencia, por cuanto se trata de dos beneficios legales diversos, que buscan amparar riesgos disímiles y, por tanto, se soportan en exigencias legales diferentes, por lo que nada se opone para que un afiliado, que no reunió en su momento los requisitos de la pensión de vejez y, por ello, se le cancele la citada indemnización, pueda seguir como asegurado del sistema pensional para otro tipo de contingencias y, con ello, genere las respectivas prestaciones económicas, entre ellas la pensión por un riesgo distinto al que corresponde a la indemnización sustitutiva (CSJ SL Rad. 30123 del 20 de noviembre de 2017). Titulación Tema Descargar 30 de 55 F P 25262728293031323334 N E 10 20 50 Registros encontrados: 2712 Descargar Reporte ... Enviar por E-Mail ... Buscando...