- Decisión
- ADICIONA SENTENCIA
- Descriptores
- DERECHO A LA VIDA DIGNA DE PERSONA PRIVADA DE LA LIBERTAD - La falta de mantenimiento de la infraestructura física del centro de reclusión vulnera los derechos de las personas privadas de la libertad. / TESIS: El privado de la libertad acude a esta acción a fin que se tutelen sus derechos fundamentales deprecados y se ordene a las entidades accionadas, la reparación directa de la celda No. 25 del patio No. 5, del lavadero, inodoro y una lámpara de iluminación eléctrica. (…) En el presente caso si bien desde el año 2022, el INPEC priorizó algunas necesidades del centro penitenciario y carcelario incluyendo el pabellón No. 5, hasta el momento no se ha dado ninguna solución por parte de la USPEC, entidad encargada de la infraestructura del centro Penitenciario y Carcelario por cuanto existen necesidades apremiantes, como es el suministro de la batería sanitaria, el arreglo del lavadero el cual no se encuentra en condiciones adecuadas para ser utilizado y la falla en el suministro de energía eléctrica, es decir, en relación con la planta física de la cárcel. En ese sentido, la falta de mantenimiento de la celda conlleva a la transgresión de los derechos fundamentales del accionante, siendo obligación del Estado proteger las garantías mínimas de este grupo poblacional. Por ello, en el presente caso es claro que la cárcel del Municipio de Popayán no cuenta con los mínimos establecidos, razón por la cual se deben adoptar las medidas necesarias para cesar la citada vulneración. En co