- Decisión
- CONFIRMA AUTO
- Descriptores
- PROCESO EJECUTIVO - / ACTO ADMINISTRATIVO - / TÍTULO EJECUTIVO - / TESIS: Se concluye entonces que, si bien el inciso cuarto del artículo 244 del CGP señala que “Así mismo se presumen auténticos todos los documentos que reúnan los requisitos para ser título ejecutivo”, el parágrafo del artículo 54A del C.P.T. y de la S.S norma especial en materia laboral señala que se reputarán auténticas las reproducciones simples de los documentos (que la norma menciona) en todos los procesos, “salvo cuando se pretenda hacer valer como título ejecutivo” y como el numeral 4 del artículo 297 del CPACA le impone a la autoridad que expide el acto administrativo, el deber de hacer constar que la copia autentica corresponde al primer ejemplar; requisito que no cumplía el título base de ejecución anexado con la demanda; solo queda reiterar que en este caso no hay título ejecutivo y por lo tanto, la decisión apelada no resulta arbitraria ni configura un defecto por exceso de ritual manifiesto, tal como lo señaló la Corte Constitucional en la sentencia T-747 de 2013 en un caso de un proceso ejecutivo adelantado por un grupo de docentes contra una Secretaría de Educación Departament Titulación Tema Descargar