- Decisión
- MODIFICA SENTENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / SUSTITUCIÓN PATRONAL - / REQUISITOS - / CONTRATO DE TRABAJO - / APORTES PENSIONALES - / BASE SALARIAL - / INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONES LABORALES - / PERJUICIOS MORALES - / REQUISITOS - / TESIS: El artículo 67 del C.S.T. prescribe que la sustitución patronal corresponde al cambio del empleador sin importar la causa del canje, pero siempre y cuando permanezca o subsista la identidad del establecimiento, esto es, que el giro de las actividades o negocios de la empresa permanezcan sin variaciones de la entidad suficiente como para cambiar la esencia de las actividades realizadas por el empleador. A su turno, el artículo 69 de la misma codificación estableció que entre el antiguo y el nuevo empleador existe una solidaridad para el pago de las acreencias laborales exigibles al momento de la sustitución… según la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia… para la sustitución patronal es necesario la concurrencia de tres presupuestos legales, a saber: i) cambio de empleador, ii) continuidad de la empresa y iii) continuidad del trabajador. TESIS: El artículo 17 de la Ley 100 de 1993 dispone que durante la vigencia de una relación laboral se deben efectuar las cotizaciones al régimen pensional con base en el salario que devengue el trabajador y que la obligación de cotizar al sistema pensional termina al momento en que el afiliado se pensiona por invalidez. TESIS: … la demandante reclama el pago de los perjuicios morales equivalentes a 120 SMLMV de