- Decisión
- DECLARA DESIERTA APELACIÓN
- Descriptores
- PERTENENCIA - / RECHAZO DEMANDA - / APELACIÓN - / REQUISITOS - / APELACIÓN - / REQUISITOS - / SUSTENTACIÓN - / DESERCIÓN - / TESIS: Tales presupuestos son concurrentes y necesarios, ausente uno se malogra el estudio de la impugnación. La misma CSJ enseña: “(…) al recibir el expediente, dentro del examen preliminar que le corresponde hacer (C. de P.C., art. 358), debe prioritariamente examinar, entre otras situaciones, si se encuentran cumplidos los presupuestos indispensables para la concesión del recurso de apelación, y en el evento de hallarlos ajustados a la ley, admitirá el recurso, y. en caso, contrario lo declarará inadmisible (…)”. Esos supuestos son (i) legitimación, (ii) oportunidad, (iii) procedencia y (iv) cargas procesales (Sustentación, expedición de copias, etc.); los tres primeros implican la inadmisibilidad del recurso mientras que, el cuarto, provoca su deserción, así entiende la literatura procesal nacional. TESIS: Sustentación. Este requisito se entiende como la exposición de las razones y fundamentos al juez de porqué la “(…) providencia está errada, con el fin de que proceda a modificarla o revocarla, por cuanto es evidente que si el juez no tiene esa base, no le es dable entrar a resolver (…)”. No basta el mero deseo de la parte de recurrir una determinada providencia, sino que debe indicar los motivos de su inconformidad debidamente fundamentada. (…) El impugnante pretirió ocuparse de plantear un contraargumento contra las motivaciones de derecho que fu