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- VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO - / REPARACIÓN INTEGRAL - / ALCANCES - / DERECHO DE PETICIÓN - / ELEMENTOS SUSTANCIALES - / DERECHO DE PETICIÓN - / VALORACIÓN PROBATORIA - / NO RESPUESTA DE FONDO - / TESIS: La Ley 1448 de 2011 estableció en el artículo 25 el Derecho a la reparación integral que en su tenor literal establece: “Las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia de las violaciones de que trata el artículo 3° de la presente Ley. La reparación comprende las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica.” TESIS: … el derecho de petición implica la facultad de obtener de la entidad frente a quien se hace la solicitud una respuesta a tiempo y de fondo, por ello se ha dicho que la respuesta que se dé al derecho de petición debe cumplir los siguientes requisitos: i) Ser oportuna; ii) Resolver de fondo, en forma clara, precisa y congruente lo solicitado y; iii) Ser puesta en conocimiento del peticionario. Conforme con lo anterior, el titular de la petición tiene derecho a obtener, dentro de los términos legales, la correspondiente contestación, bien sea en interés particular como en el presente caso, o general. TESIS: … la entidad brindó a la actora una información que no concierne con la petición elevada el día 27 de junio de 2023, toda vez que ella no e