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- APORTES PENSIONALES - / OBLIGACIÓN AFP - / ACCIÓN DE COBRO - / EJECUTIVO - / APORTES PENSIONALES - / COBRO POR LAS AFP - / TRÁMITE - / PROCESO EJECUTIVO - / REQUISITOS DEL TÍTULO - / CONTROL DE LEGALIDAD - / PROCESO EJECUTIVO - / APORTES PENSIONALES - / TRÁMITE - / AVISO DE INCUMPLIMIENTO - / TESIS: … es pertinente rememorar que a los empleadores les asiste la responsabilidad de realizar aportes al sistema de seguridad social de sus trabajadores, tal y como lo dispone el artículo 22 de la Ley 100 de 1993. Y, por su parte, las AFP´S tienen la obligación de empezar las acciones de cobro frente al empleador moroso, primero, de manera extrajudicial a través de las acciones persuasivas o de requerimiento previo, para con ello, poder adelantar la acción de cobro judicial a través del proceso ejecutivo adelantado ante esta jurisdicción. TESIS: … las AFP públicas y privadas, tienen el deber de requerir a los empleadores - personas naturales o jurídicas - para informarles sobre la existencia de la deuda por aportes, sea de trabajadores activos o retirados, siendo ello un requisito previo al inicio del proceso coactivo o judicial, según el caso. Ahora, la obligación inicial de la AFP es verificar la información y comunicar las inconsistencias al empleador, así como comparar que los valores de las planillas coincidan realmente con los consignados y registrados, a efectos de establecer la consistencia en la información en la deuda presunta o real del aportante y, de allí, es que los empl