- Decisión
- REVOCA ORDINAL PRIMERO
- Descriptores
- PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO - / ACCIÓN DE TUTELA CONTRA ACTOS DE TRAMITE - / DERECHO AL DEBIDO PROCESO - No se acreditó ya que la parte interesada no ejercitó las acciones tendientes a su defensa, dentro de los términos concedidos / TESIS: Conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional la procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos de trámite es excepcional. En el presente caso se cumplen los presupuestos para su procedencia, pero no se encuentra acreditado que la accionada vulneró el derecho fundamental al debido proceso de la actora (…) Conforme a la documental aportada, se observa que el Coordinador Centro Zonal Popayán de la Regional Cauca del ICBF expidió la Resolución No. 009 el 7 de marzo de 20238 en la que ordena la apertura del proceso administrativo de cierre del Hogar Sustituto Tradicional a cargo de la actora y administrado por la ONG CRECER EN FAMILIA, decretó como pruebas los informes de seguimiento de las profesionales nutricionista y fonoaudióloga, así como del equipo psicosocial de la citada ONG; concediendo un término de 15 días hábiles a la investigada para rendir descargos, aportar y solicitar pruebas. Acto administrativo contra el que no procedían recursos conforme al numeral séptimo del mismo. (…) Conforme lo anotado, lo que primero que se observa es que el acto administrativo atacado fue expedido por la autoridad competente, se encuentra motivado en causales previamente establecidas, no decide sobre la cuestión de f