- Decisión
- ST2-0097-2024
- Descriptores
- SEGURIDAD SOCIAL - / PROBLEMA JURÍDICO - / CORRECCIÓN HISTORIA LABORAL - / CORRECCIÓN HISTORIA LABORAL - / IMPROCEDENCIA - / SUBSIDIARIEDAD - / CORRECCIÓN HISTORIA LABORAL - / SUBSIDIARIEDAD - / OTRO MEDIO DE DEFENSA - / EFICACIA - / TESIS: … la queja constitucional se plantea, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, para alegar una supuesta lesión a garantías fundamentales por parte de Colpensiones al no corregir la historia laboral del actor, respecto a la inclusión de los periodos 07/1998 a 11/1998 y 02/1999 a 08/2000, pese a que los mismos fueron cotizados por su empleador. De conformidad con lo anterior, el problema jurídico consiste en establecer si el amparo resulta procedente para ventilar la cuestión debatida o si, por el contrario, y tal como lo dedujo la primera instancia, para ese efecto se debe acudir a la vía ordinaria laboral. TESIS: De entrada, se advierte que el amparo es improcedente por incumplir el requisito de la subsidiariedad. Se recuerda que el actor pretende por este medio, en salvaguarda de su derecho a la seguridad social, obtener se ordene incluir, con efectos de acrecentar su número de semanas adecuadamente cotizadas, los ciclos 07/1998 a 11/1998 y 02/1999 a 08/2000. (…) Lo que en últimas se plantea el promotor del amparo es un conflicto entre un afiliado y las entidades que conforman el régimen de pensiones, para cuya definición se cuenta con un mecanismo judicial idóneo a cargo de la justicia laboral, que no puede ser desplazado p