- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- SEGURIDAD SOCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / HERMANA INVÁLIDA Y DEPENDIENTE - / SEGURIDAD SOCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / PROCEDENCIA DE LA TUTELA - / SEGURIDAD SOCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / SUBSIDIARIEDAD - / REQUISITOS - / TESIS: … la accionante… reclamó la protección de los derechos fundamentales… que consideró vulnerados por parte de Colpensiones, al negarle la sustitución pensional reclamada con ocasión al fallecimiento de su congénere Pablo Emilio Rojas Mejía, de quien, afirma, era dependiente económica como hermana en condición de invalidez. La razón que expresó la AFP para tal negativa, esencialmente, fue la ausencia de firmeza del dictamen que calificó su PCL para determinar el grado de invalidez… El juez de primer nivel determinó que COLPENSIONES afectó los derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital, seguridad social, salud, vida digna e integridad personal de la señora Celina Rojas, razón por la cual le ordenó a la AFP reconocer la sustitución pensional reclamada… TESIS: … para la Sala la acción de tutela promovida es procedente, no sólo porque reúne los presupuestos de legitimación -activa y pasiva- e inmediatez, sobre lo cual no se realizó censura alguna, sino también porque satisface el principio de subsidiariedad, ya que el debate constitucional aborda, más allá del derecho prestacional que reclamó la parte interesada, la garantía superior del debido proceso a cargo de la AFP al resolver sobre tal reclamación, puntualmente,