- Decisión
- REVOCA TUTELA
- Descriptores
- DERECHO DE PETICIÓN - / LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - / APODERADO JUDICIAL - / LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - / DIRECTAMENTE AFECTADO - / APODERADO - / PODER ESPECIAL - / TESIS: Obsérvese que el señor Luis Francisco Peña Ramírez manifiesta que ejercita la acción constitucional en nombre propio, por la omisión de respuesta por parte de la institución accionada a la petición que radicó en enero 26 de 2024; sin embargo, en el mensaje de datos que dirigió al Secretario General de la Policía Nacional y que contiene sus pretensiones, el accionante advierte que actúa “como apoderado de los señores Elsa Soto Pineda y otros dentro del proceso de reparación directa… se advierte que, contrario lo presume el accionante, el derecho que ejerció en la solicitud que presentó ante la Policía Nacional, y que se planteó como hecho que originó la vulneración alegada, está en titularidad de terceros, pues su actuación se amparó en las facultades de un poder especial como abogado y, claramente, fue para representar a sus poderdantes para reclamar los derechos reconocidos en una decisión judicial. TESIS: Si bien es cierto, la informalidad es característica esencial del trámite constitucional, tanto que no se exigen mayores formalidades para su presentación, al punto que puede hacerse verbalmente, no lo es menos que cuando quien interpone la acción no es el titular de los derechos, se deben observar unas reglas precisas. Dentro de un normal ejercicio de la acción de tutela, son los directamente afectados q