- Decisión
- REVOCA SENTENCIA
- Descriptores
- ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - / ENTREVISTA VÍCTIMA - / VALORACIÓN - / PRUEBAS DE REFERENCIA - / IMPROCEDENCIA GENERAL - / TESTIGO NO DISPONIBLE - / PRUEBAS DE REFERENCIA - / TESTIGO DE ACREDITACIÓN - / PRUEBA DE CORROBORACIÓN PERIFÉRICA - / TESIS: … la razón que motiva el examen de la sentencia de condena proferida por la juez A-quo en contra del señor CALB, no es otra que dilucidar si contrario a lo esgrimido por la falladora, en este asunto la prueba de referencia, consistente en la entrevista que en su momento rindió J.R.G.F., el cual no compareció a juicio, carece de la prueba de corroboración necesaria para determinar que la conducta punible de actos sexuales con menor de catorce años de que al parecer fue víctima, sucedió de la manera en que este lo expuso y si el acá encartado fue el responsable de ello. TESIS: De conformidad con las normas actuales, existen pruebas de referencia inadmisibles y pruebas de referencia admisibles, las primeras son la regla y las últimas la excepción; y de las normas procedimentales, se extracta la inadmisibilidad general de la entrevista como medio probatorio por ser de referencia… A su vez, del artículo 402 del mismo estatuto se extrae que para que un testimonio pueda ser admitido como prueba, éste debe ser directo, haciendo constar la razón de su dicho… Y el artículo 379 remata todo ese entendimiento al indicarnos que la prueba de referencia sí vale, pero por vía excepcional: “Inmediación. El juez deberá tener en cuenta como pru