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- PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - / ENTRE LA SENTENCIA Y LOS HECHOS, PRETENSIONES Y EXCEPCIONES - / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - / EXCEPCIÓN - / DERECHOS MÍNIMOS E IRRENUNCIABLES - / CESANTÍAS - / PAGO IRREGULAR - / CONSECUENCIAS - / ARTÍCULO 254 CST - / TESIS: De conformidad con principio de congruencia contemplado en el artículo 281 del estatuto procesal “la sentencia deberá estar en consonancia con los hechos y las pretensiones aducidos en la demanda y en las demás oportunidades que este código contempla y con las excepciones que aparezcan probadas y hubieren sido alegadas si así lo exige la ley.” (…) la Sala Laboral de la Corte Suprema… trajo a colación la providencia CSJ SL 1910 de 2019 por medio de la cual sostuvo que: “(…) «el principio de congruencia en ningún caso quiere decir que las condenas impuestas en la sentencia deben ser un calco de las pretensiones de la demanda, pues bien puede ocurrir que la solución jurídica, resultante del examen fidedigno y sin alteración de los hechos y con respaldo en el ordenamiento normativo, sea distinta a la propuesta por el demandante»…” … la jurisprudencia laboral se opone a que las decisiones judiciales, menos aún las dictadas en sede de casación, se funden en hechos y pretensiones nuevas que no se plantearon en la demanda y frente a los cuales la parte demandada no tuvo oportunidad de resistir. TESIS: … conviene precisar que los derechos mínimos e irrenunciables de los trabajadores no se escapan de la esfera decisoria de los jueces de