- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL MÉDICA - / REGIMEN DE RESPONSABILIDAD - / TESIS: De entrada se advierte, que la exigencia de responsabilidad civil a las instituciones que prestan servicios de salud, se encuentra admitida desde antaño por los estrados judiciales, sin que ello implique que ésta Sala y la judicatura en general, arrope la sofística premisa, de que siempre que un paciente tiene quebrantos o complicaciones de salud subsiguientes al ingreso a un establecimiento hospitalario y/o a un procedimiento o tratamiento médico u análogo, automáticamente se estructuren en contra de la institución y/o de los profesionales que lo atendieron, los presupuestos de la responsabilidad civil, toda vez que en este tipo de responsabilidad, como en cualquiera otra, deben concurrir TODOS los elementos o presupuestos materiales para el éxito de la pretensión. Dicho de otro modo, la responsabilidad civil, contractual o extracontractual tiene aplicabilidad en el campo médico, ya sea individual o institucional, de manera semejante a cómo puede examinarse en otros campos, siendo en todo caso como regla general, un régimen de responsabilidad por CULPA PROBADA8. RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA - Falta de acreditación del elemento culpa / TESIS: Ahora, en lo que concierne a la “culpa” o “negligencia médica” imputada al extremo pasivo, y que constituye un elemento indispensable de la responsabilidad reclamada para que pueda estructurarse la obligación de indemnizar, para esta Col