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- DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO SINDICAL - Trámite / DEBIDO PROCESO - Aunque no se siguió el trámite dispuesto legalmente se cumplió con el trámite del proceso y no se vulneró garantías fundamentales. / TESIS: Si bien para esta Sala no resulta desacertado seguir las etapas procesales de los procesos ordinarios, en aras de salvaguardar un debido proceso, en cuanto al deber del Juez de examinar previamente la existencia de nulidades o impedimentos, resolver excepciones previas, establecer la fijación de litigio, decretar y practicar de pruebas, así como dar oportunidad de proponer alegatos de conclusión; lo cierto es que sí yerra el juez en resolver la audiencia de fallo del artículo 380 del CST como si se tratara de dos audiencias y no una sola. En todo caso, dado que el proceso no vulneró garantías fundamentales y cumplió con la finalidad del mismo; igualmente se resolvió de forma célere una vez fue devuelto el expediente por la Corte Suprema de Justicia, que resolvió un conflicto de competencia de carácter territorial, la Sala no considera que se haya configura una causal de nulidad que invalide lo actuado; máxime cuando la declaratoria de nulidad es un remedio extremo. DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO SINDICAL - Se incumplió con el número mínimo de trabajadores afiliados a la organización sindical con sede laboral en el municipio en el que se pretenda conformar la subdirectiva seccional. / TESIS: T