- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL - No se demostró afectación a este derecho / PERSECUCIÓN SINDICAL - No acreditada / TESIS: 8.10.3. Contrario a lo alegado en la apelación, la Juez de Primera Instancia no incurrió en los yerros interpretativos de la sentencia T-657 de 2009, ni en la valoración probatoria, que se le endilgan, pues, si bien existe una proximidad entre la fecha de afiliación de los demandantes a las organizaciones sindicales y la terminación unilateral y sin justa causa de los contratos de trabajo por parte de la entidad empleadora, este sólo hecho en que se apoya la impugnación, no es suficiente para tener por probada la afectación del derecho fundamental de asociación sindical que cobijaba a los actores al momento del despido, toda vez que hay otros hecho probados que también se deben tener en cuenta y desvirtúan la presunta persecución sindical en que se fundamenta la demanda (…) 8.10.4. Para responder a otros de los argumentos de la apelación, el uso de tal facultad de despido unilateral y sin justa causa, con la consecuente indemnización de los trabajadores, es una potestad del empleador, que no le obligaba a motivar el despido en las respectivas comunicaciones. Y respecto a la conducta de los trabajadores por no ajustarse a las nuevas condiciones laborales por el cambio del procesamiento de leche, no obligaba a la empleadora a efectuar procesos disciplinarios para determinar la justa causa de los despidos, pues simple y llanamente la empleadora optó por la fa