- Decisión
- MODIFICA SENTENCIA
- Descriptores
- PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / RÉGIMEN APLICABLE - / BENEFICIARIOS - / COMPAÑERO PERMANENTE - / CÓNYUGE - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / REQUISITOS - / CONVIVENCIA 5 AÑOS - / COMPAÑERO, ANTES DECESO - / CÓNYUGE, EN CUALQUIER TIEMPO - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / CÓNYUGE - / VALIDEZ DEL MATRIMONIO - / PRESUNCIÓN DE AUTENTICIDAD - / TESIS: De entrada, cumple advertir que la norma que rige el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes es aquella que se encuentra vigente al momento en que se presente el deceso del pensionado -art. 16 del C.S.T.-, que para el presente asunto ocurrió el 12/05/2018…; por lo tanto, debemos remitirnos al contenido del artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la Ley 797 de 2003. El inciso 3º del literal b) del artículo 13 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, prescribió que la pensión de sobrevivientes puede ser dividida en proporción al tiempo convivido entre la cónyuge superviviente separada de hecho y la compañera permanente del afiliado o pensionado fallecido. TESIS: … la compañera permanente debe acreditar 5 años de convivencia con el pensionado fallecido previo a su muerte… sentencia C-515/2019 proferida por la Corte Constitucional en la que declaró exequible el inciso final del literal b) del artículo 13 de la Ley 797 de 2003… Decisión de constitucionalidad que implica para los eventos de convivencia no simultánea que el cónyuge sólo será acreedor de la pensión de sobrevivient