- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- CONTRATO DE TRANSPORTE DE CARGA - / TESIS: Aun así, en gracia de discusión, lo cierto es que el título de imputación, recae, en últimas sobre los operarios de la Sociedad Portuaria de Cartagena, frente a los cuales Cargomaster no tiene ninguna injerencia. De donde emerge que no le cabe responsabilidad ya que el modus operandi de la demandada demuestra que su participación en el contrato se limitó simplemente a colocar en contacto a las partes para que celebraran el negocio de transporte, por lo que a términos de lo indicado por la jurisprudencia arriba citada, no es dable considerarlo como parte dentro de esa negociación y, por lo mismo, ningún incumplimiento le es atribuible, en cuanto para ese propósito actúo en representación del encargante. Titulación Tema Descargar