- Decisión
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- PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ - / ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO - / FINALIDAD - / PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ - / POR ALTO RIESGO - / LIBERTAD PROBATORIA - / PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ - / POR ALTO RIESGO - / RÉGIMEN DE TRANSICIÓN - / REQUISITOS - / PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ - / ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO - / REQUISITOS - / TESIS: … resulta oportuno reproducir lo expuesto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia SL1353-2019, en la que se refirió a la teleología que da origen a esta clase de pensiones, al respecto, señaló: “[…] la pensión anticipada por trabajos de mayor riesgo ampara a las personas que por su actividad, oficio o profesión se encuentran expuestas a situaciones que afectan notoriamente su salud al punto de generar una menor expectativa de vida o estar expuestas a un mayor nivel de siniestralidad. Por ello, la exigencia de requisitos para obtener una pensión especial de vejez, son inferiores a los consagrados en términos generales para quienes no se encuentran expuestos en forma superlativa a riesgos de carácter laboral…” TESIS: … la exposición a altas temperaturas, al no desprenderse de una prueba solemne o ad substantiam actus, permite a la jueza o al juez formarse un criterio, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito. Sobre el tema, la Sala de Casación Laboral en sentencia del 20 de noviembre de 2007, M.P. Eduardo López Villegas, indicó: “Estima la Sala que dicha disposición como tampoco el artículo 2° del Decreto 1281