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- PRUEBAS - / SOLICITUD - / REQUISITOS - / OPORTUNIDAD - / PRUEBAS - / CONFESIÓN - / ENTIDADES PÚBLICAS - / INFORME ESCRITO - / PRUEBAS - / CONFESIÓN - / SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA - / NATURALEZA PÚBLICA - / TESIS: … el artículo 173 del Código General del Proceso impone la carga a las partes de respetar las oportunidades y el trámite previamente determinados para solicitar pruebas. Dice la citada norma: “Para que sean apreciadas por el juez las pruebas deberán solicitarse, practicarse e incorporarse al proceso dentro de los términos y oportunidades señaladas para ello en este código. (…) El juez se abstendrá de ordenar la práctica de las pruebas que, directamente o por medio de derecho de petición, hubiera podido conseguir la parte que las solicite, salvo cuando la petición no hubiese sido atendida, lo que deberá acreditarse sumariamente”. TESIS: Establece el artículo 194 del Código General del Proceso que “el Representante legal, el gerente, administrador o cualquier otro mandatario de una persona, podrá confesar mientras esté en el ejercicio de sus funciones”. A su vez, el artículo 195 ibídem señala que “No valdrá la confesión de los representantes de las entidades públicas cualquiera que sea el orden al que pertenezcan o el régimen jurídico al que están sometidas”. Refiere también la norma que, no obstante lo anterior, “podrá pedirse que el representante administrativo de la entidad rinda informe escrito bajo juramento, sobre los hechos debatidos que a ella conciernan, det