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- DERECHO A LA SALUD - / SUMINISTRO DE EQUIPOS MÉDICOS - / OBLIGACIONES EPS E IPS - / DERECHO A LA SALUD - / SUMINISTRO DE EQUIPOS MÉDICOS - / DEBERES DEL PACIENTE - / TESIS: … la señora María Vallejo acudió ante el juez constitucional con miras a que la Nueva EPS y la IPS Amanecer Médico le hagan entrega suministrar el equipo CPAP para tratar su enfermedad respiratoria, sin la exigencia de firmar documentos… Luego del traslado de la acción de tutela la IPS señaló que como propietarios de los equipos CPAP, busca garantizar el cuidado y retorno del dispositivo médico una vez el usuario culmine el tratamiento, y ello lo hace con la firma de documentos como el contrato de arrendamiento y pagaré; sin embargo, el obligado en pagar el alquiler es la Nueva EPS… razón le asiste a la accionante cuando señala que la autorización médica es suficiente para garantizar la prestación de un servicio, pero contrario a la interpretación que ella hace, debe decirse que en este asunto sí se cumple tal condición, toda vez que existe una autorización médica por parte de la NUEVA EPS y un interés por parte de la IPS de brindar el servicio médico… TESIS: … cosa distinta es que la señora María Vallejo considere que la exigencia de firmar los documentos como garantía de retorno y buen uso del equipo son desproporcionadas. En efecto, existe unos deberes de los pacientes -consagrados en el artículo 10 de la ley 1751/15 “por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras dis