- Decisión
- SP-0006-2024
- Descriptores
- ACCIONES POPULARES - / LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA - / NO LA TIENEN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS - / ACCIONES POPULARES - / LEGITIMACIÓN POR PASIVA - / CAPACIDAD ECONÓMICA - / TESIS: La legitimación en la causa. En forma repetida se ha dicho que este estudio es oficioso, por manera que es tema excluido de la congruencia del fallo y la pretensión impugnaticia. (…) por pasiva se colige incumplida atendido el precedente horizontal de esta Corporación que predica su prosperidad contra particulares y autoridades, siempre que presten servicios públicos o al público; a los primeros ha aplicado el test de proporcionalidad a fin de determinar su capacidad económica. Así entonces, solo están habilitados para enfrentar la obligación constitucional, que garantiza el derecho colectivo, quienes sean “medianas empresas” o “grandes empresas”; no las “pequeñas empresas” ni las “microempresas”. TESIS: … la regla general del artículo 14, Ley 472, prescribe que el auxilio supralegal se dirigirá contra el particular o autoridad pública “cuya actuación u omisión se considere que amenaza, viola o ha violado el derecho o interés colectivo” [Negrilla a propósito], mas el análisis de tal conducta debe estar precedido por el examen del sujeto de derecho apto para resistir la súplica, es decir, debe establecerse primero quién puede ser el destinatario; para cuyo juicio, como se dijo, se acude a la capacidad económica… Titulación Tema Descargar