- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- EJECUTIVO SINGULAR - / TESIS: Entonces, a propósito de la ausencia no justificada del demandado a la audiencia de que trata el artículo 432 del estatuto procesal civil, se itera, al tenor de lo expuesto en el citado canon 210 ejúsdem, el juzgador estaba perfectamente facultado para tener por ciertos los hechos susceptibles de confesión que estuviesen consignados en el interrogatorio escrito que adosó la parte actora, supuestos fácticos que a la postre fueron respaldados y corroborados con las declaraciones de Jorge Wilson Beltrán Angarita y Liz Diana Ariza Ordoñez. Así las cosas, tras estimarse en conjunto esos medios de convicción, es fácil concluir que el ejecutado interrumpió la prescripción de la acción cambiara respecto de la letra de cambio báculo de la ejecución, pues no solamente hizo el abono mencionado, sino que en múltiples ocasiones solicitó plazos, según se infiere del texto de las preguntas números 5, 6, 7 y 8 del aludido interrogatorio, el cual fue debidamente calificado en la audiencia del 10 de junio del año en curso, en la que además, se desestimó lo referente a la justificación aducida, decisión que cobró firmeza, pues no se interpuso ningún recurso frente a la misma. Titulación Tema Descargar