- Decisión
- MODIFICA
- Descriptores
- COMPETENCIA DESLEAL - / TESIS: En este punto se destaca que la exhibición fue instrumentada, precisamente, con el confesado propósito de permitirle a una parte acceder a ciertos documentos que la parte contraria o un tercero tiene en su poder. Y aunque este medio de prueba también fue solicitado, es innegable que la demandante no expresó “los hechos que pretende demostrar” con los documentos que requiere, específicamente en relación con la competencia desleal denunciada, según lo reclama el artículo 284 del C.P.C, requerimiento que no es de poca monta si se repara en que la oposición injustificada a la exhibición implicaría tener por ciertos esos hechos (art. 285). No en vano el artículo 284 puntualiza que el juez sólo decretará la exhibición si la solicitud “reúne los anteriores requisitos”. Titulación Tema Descargar