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- PENSIÓN DE VEJEZ - / REQUISITOS - / RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - / PENSIÓN DE VEJEZ - / RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - / CLASES DE PENSIÓN - / PENSIÓN DE VEJEZ - / RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - / RETIRO PROGRAMADO - / PENSIÓN DE VEJEZ - / RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - / REAJUSTE ANUAL - / IPC - / RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - / REAJUSTE ANUAL - / COMPATIBILIDAD CRITERIOS CC Y CSJ - / TESIS: El artículo 48 de la Constitución Política de 1991 estableció el derecho a la pensión de vejez, para lo cual dispuso que su acceso estará condicionado al cumplimiento de una edad, tiempo de servicio, semanas de cotización “o el capital necesario”. A su turno, el artículo 59 y siguientes de la Ley 100/93 dieron lugar al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que tiene como base central el ahorro de los afiliados proveniente de las cotizaciones y sus respectivos rendimientos financieros, por lo que la cuantía de la pensión de vejez otorgada en este régimen dependerá de los aportes realizados… TESIS: … la pensión de vejez en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad atiende a tres tipos de prestación, la primera contenida en el artículo 64 ibídem, denominada ordinaria y mal llamada anticipada… En segundo lugar, aparece la pensión de garantía mínima de vejez, prescrita en el artículo 65 ibídem, que otorga una pensión de salario mínimo subsidiada en parte por el Gobierno Nacional… el tercer tipo de pensión denominada pensión mínima de vejez, que corresponde a aquellos afiliado