- Decisión
- DENIEGA TUTELA
- Descriptores
- PERSONAS JURÍDICAS - / ACCIÓN DE TUTELA - / LEGITIMACIÓN - / DERECHO DE PETICIÓN - / ANTE AUTORIDADES JUDICIALES - / NATURALEZA - / DERECHO DE PETICIÓN - / SOLICITUDES INCOMPLETAS - / REQUERIMIENTO - / TESIS: La Corte Constitucional a través de sus pronunciamientos, ha establecido que las personas jurídicas son sujetos de algunos de los derechos fundamentales consagrados tanto en la Constitución Política de 1991 como del bloque de constitucionalidad, los cuales el estado social de derecho y sus instituciones están obligados a garantizar. (…) Dicho criterio, fue adoptado por el alto Tribunal en la sentencia T-627 de 2017…: ““Esta Corporación ha señalado que las personas jurídicas gozan de la titularidad de derechos fundamentales, y en esa medida, se encuentran legitimadas para formular acciones de tutela. Esta Corte, desde sus inicios, ha defendido la titularidad de los derechos fundamentales de las personas jurídicas y, en tal sentido, en la sentencia T-411 de 1992, por primera vez, se indicó que dichos entes ficticios poseen derechos constitucionales fundamentales…” TESIS: La Corte Constitucional en sentencia T-267 de 2017, respecto a la interposición de derechos de petición ante autoridades judiciales dispuso: “Específicamente, en materia de acceso a la administración de justicia, y de formulación de peticiones ante las autoridades judiciales en el marco de un proceso judicial, no procede la tramitación de solicitudes relativas a asuntos previamente estudiados por la autori