- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- CALIFICACIÓN PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL - / FECHA DE ESTRUCTURACIÓN - / CALIFICACIÓN PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL - / DICTAMEN JCI - / NO SON SOLEMNES - / TESIS: … el actor fue calificado con base en el Decreto 1507 de 2014, instrumento normativo que define en el artículo tercero la fecha de estructuración como “la fecha en que una persona pierde un grado o porcentaje de su capacidad laboral u ocupacional, de cualquier origen, como consecuencia de una enfermedad o accidente, y que se determina con base en la evolución de las secuelas que han dejado estos…” La realidad ha mostrado en varios eventos que la falta de capacidad laboral no siempre coincide con el hecho invalidante y eso ha obligado a los jueces y juezas laborales a considerar, para ciertos eventos, como punto de partida de la calificación de la invalidez, la última cotización efectuada o la fecha de la solicitud del reconocimiento pensional, cuando se trata de enfermedades crónicas, degenerativas, congénitas o progresivas. TESIS: En cuanto a los dictámenes proferidos por las juntas de calificación de invalidez regionales o nacionales…, estableció la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia que: “No son pruebas solemnes de manera que pueden controvertirse ante los jueces del trabajo, quienes tienen competencia para examinar los hechos que contextualizan la condición incapacitante establecida por aquellas…” , en la misma providencia determinó que la historia clínica no era un instrumento o concepto