- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- INDEMNIZACIÓN MORATORIA - / REQUISITOS - / ANÁLISIS DE LA BUENA FE - / INDEMNIZACIÓN MORATORIA - / OBLIGACIÓN HEREDEROS EN PROCESO SUCESORAL - / TESIS: Frente a este tipo de sanciones, ha sostenido de manera uniforme la Sala de Casación Laboral, que ellas no operan de manera automática, ya que en cada caso en concreto se debe adelantar un análisis del comportamiento que asumió el empleador moroso, para verificar si existen razones serias y atendibles que justifiquen su conducta y lo ubiquen en el terreno de la buena fe. Dicha posición fue reiterada en las sentencias CSJ…, en la que recordó: “En punto a la temática propuesta, se ha de precisar que esta Corporación reiteradamente ha puntualizado que la indemnización moratoria, no opera de manera automática, sino que en cada caso concreto debe valorarse la conducta asumida por el empleador, a fin de verificar si existen razones serias y atendibles que justifiquen su actuar y lo ubiquen en el terreno de la buena fe…” TESIS: … al valorar los testimonios escuchados en el curso del proceso, que valga la pena decir, fueron espontáneos, coherentes y claros frente a los hechos que les constaba, no cabe duda que dos de las herederas determinadas de la señora Mery Salazar Jiménez…, tenían la administración de los bienes de la causante, al punto que se encargaron de cancelar los salarios de la demandante, es decir, tenían el control de la relación contractual que venía sosteniendo su hermana con la señora Rosaura Montilla, lo que les perm