- Decisión
- RECHAZA
- Descriptores
- RECURSO DE SUPLICA - / IMPROCEDENCIA - / TESIS: No obstante, de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del art. 35 del Código General del Proceso “los autos que resuelvan apelaciones, dictados por la sala o por el magistrado sustanciador, no admiten recursos”, aspecto que viene a ser ratificado en el artículo 331 del mismo ordenamiento; de tal manera que, siendo el proveído suplicado, precisamente, el que resolvió el recurso de apelación puesto a consideración del Tribunal, tal medio de impugnación deviene improcedente, lo que impone su rechazo de plano, como en efecto se dispondrá. Titulación Tema Descargar