- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- INEFICACIA TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL - / DEBER DE INFORMACIÓN - / CORRESPONDE A LAS AFP - / INEFICACIA TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL - / DEBER DE INFORMACIÓN DE LAS AFP - / CARGA PROBATORIA - / INEFICACIA TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL - / DEBER DE INFORMACIÓN DE LAS AFP - / LO TIENEN DESDE SU CREACIÓN - / INEFICACIA TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL - / FORMULARIO DE AFILIACIÓN - / VALOR PROBATORIO - / NO VALIDA POR SÍ SOLO EL TRASLADO - / TESIS: En numerosas sentencias del órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria laboral, se ha establecido que no puede argüirse que existe una manifestación libre y voluntaria cuando las personas desconocen la incidencia que el traslado de régimen pueda tener frente a sus derechos prestacionales, ni puede estimarse satisfecho tal requisito con una simple expresión genérica o con la suscripción de un formato; de allí que desde el inicio haya correspondido a las Administradoras de Fondos de Pensiones “dar cuenta de que documentaron clara y suficientemente los efectos que acarrea el cambio de régimen, so pena de declarar ineficaz ese tránsito”. TESIS: Con sustento en lo anterior, es evidente que en todos los casos en que un afiliado ponga en cuestión la falta de información veraz, oportuna y completa de las incidencias del cambio del régimen pensional, y bajo tal premisa persiga la ineficacia de su traslado, la defensa de la AFP demandada debe encaminarse a demostrar, bajo los medios probatorios a su alcance, que cumplió con el deber de buen