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- PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / FINALIDAD - / RÉGIMEN APLICABLE - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - / APLICACIÓN - / CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - / APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INMEDIATAMENTE ANTERIOR - / CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - / TESIS: … la pensión de sobrevivientes tiene por objeto garantizar una renta periódica a los miembros del grupo familiar de quien dependían económicamente, como consecuencia de su muerte y de haber realizado, en vida, cotizaciones al sistema de seguridad social. Su finalidad es no dejar en una situación de desprotección o de abandono a los beneficiarios del afiliado o pensionado que fallece. Así mismo, también es conocido que la norma aplicable para establecer el cumplimiento de los requisitos para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes corresponde a aquélla que se encuentre vigente en la fecha del óbito (SU-005/2018). TESIS: El último inciso del artículo 53 de la Constitución, dispone: “La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores”. De este, la Corte Constitucional ha derivado, interpretativamente, el principio de la condición más beneficiosa en materia laboral y de la seguridad social, una de cuyas aplicaciones prácticas más relevantes ha sido en materia pensional. Dicho principio, protege las expectativas legítimas, ante cambios normativos abruptos que impongan requisitos adicionales que impidan o dificulte