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- PRISIÓN DOMICILIARIA CONFORME EL ARTÍCULO 38G DEL CÓDIGO PENAL - Procedencia. / TESIS: (…) Para su acreditación, es imperioso insistir en que primeramente quien debe demostrar la existencia de arraigo familiar y social es el interesado, sin embargo, la norma prevé también una carga para el juez, la cual consiste en que al fallador le concierne de todos modos establecer con los medios de prueba allegados a la actuación la existencia o inexistencia del arraigo. Es por eso que para efectos de la determinación del arraigo resultan válidos todos los elementos de prueba allegados a la actuación (…) Por razón de esto último, la información procesal sobre el lugar de ubicación del procesado que permite la citación o convocatoria de este al proceso puede ser válida, aunque no la única, para inferir el arraigo, si a partir de allí se puede colegir la existencia de un vínculo de la persona con un lugar merced a sus relaciones sociales y familiares. (…) MEDIDAS DE PROTECCIÓN - El restablecimiento del derecho a favor de las víctimas, es intemporal y en esa medida se puede realizar en cualquier momento de la actuación procesal. / TESIS: (…) se estima perentorio brindar en favor de la víctima una medida de protección adicional, aquella de que trata el literal f) del artículo 17 de la Ley 1257 de 2008 (…) Titulación Tema Descargar