- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
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- RESOLUCIÓN CONTRATO DE COMPRAVENTA - / TESIS: Por consiguiente, no es posible ordenar la indexación y los intereses comerciales sobre la suma que el demandado le debe restituir, porque “la tasa de interés mercantil comprende un factor destinado a compensar al acreedor por la pérdida del poder adquisitivo de la moneda, [por tanto] su adición a una cantidad corregida monetariamente implica un doble reconocimiento del mismo ítem en detrimento del deudor que debe procurar el pago” (CSJ SC, 27 agosto del 2015, exp. 2006-00119-01), queda así despachado el primer reparo. Titulación Tema Descargar