- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- PETICIÓN DE HERENCIA - / TESIS: Es de aclararle al apelante que si bien es cierto el cesionario o cesionarios no pueden ocupar el lugar del heredero, ya que este derecho es intransmisible, el heredero al ceder sus derechos herenciales a título universal, se despojó de la parte del patrimonio que por ley le correspondía en la sucesión de su progenitora GLADYS DIAZ MORENO, por ende no puede a través de esta acción discutir tal derecho patrimonial. Titulación Tema Descargar