- Decisión
- AC-0141-2023
- Descriptores
- NULIDAD PROCESAL - / INDEBIDA NOTIFICACIÓN - / SANEAMIENTO - / ACTUAR EN EL PROCESO - / NULIDAD PROCESAL - / PEDIR ACCESO AL EXPEDIENTE - / NO GENERA SANEAMIENTO - / NULIDAD PROCESAL - / INDEBIDA NOTIFICACIÓN - / CARGA PROBATORIA DEL DEMANDADO - / TESIS: Es cierto, como se dijo en el auto apelado, que las nulidades procesales deben alegarse en forma oportuna, y que cuando el indebidamente notificado actúa en el proceso, sin alegar la irregularidad, la sanea. También lo es que el 21-03-2023 se recibió memorial poder otorgado por la demandada…, y allí mismo se solicitó por parte del abogado, “se facilite el proceso para contestar la demanda en el término que Despacho lo determine”. TESIS: … es claro para la Sala que la presentación del poder y la solicitud de acceso al expediente NO pueden entenderse en este caso, como primera actuación dentro del proceso con la capacidad de sanear cualquier irregularidad anterior. Lo contrario sería exigirle a la parte que alegue una presunta irregularidad, sin antes siquiera haber tenido acceso a la actuación judicial donde precisamente es que puede enterarse de la misma. Muy distinto fuera si a la par de la solicitud de reconocimiento de personería y acceso al expediente, el abogado formula recursos, presenta excepciones, objeta la liquidación de crédito o recurre el auto que aprobó la liquidación de costas… TESIS: … entiende esta instancia que la parte ejecutante cumplió la carga de demostrar que hizo la notificación conforme a los requisit