- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA. NEGAR EL AMPARO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA ACCIONANTE
- Descriptores
- ACCIÓN DE TUTELA - / EMPLEO EN LA RAMA EJECUTIVA - / NO POSESIÓN AL CARGO ADMINISTRATIVO PARA EL CUAL QUEDÓ DE PRIMERA EN LA LISTA DE ELEGIBLES, AL NO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS PARA REALIZAR EL NOMBRAMIENTO - La Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional estaba en el deber de realizar la verificación del cumplimiento de los requisitos para ejercer el cargo por parte de la accionante, pues por expresa disposición legal resulta necesario superar el examen ocupacional de ingreso / TESIS: En el caso en concreto no se han vulnerado los derechos fundamentales de la accionante, por cuanto la actuación de las accionadas se acompasa con las disposiciones legales aplicables al caso en concreto y que la accionante tuvo conocimiento desde el primer momento que fue dictaminada con restricción absoluta para ejercer el cargo. En efecto, si bien la actora, al ocupar el primer puesto de la lista de elegibles, tenía derecho a ser nombrada en el cargo de auxiliar para apoyo de seguridad y defensa, debe tenerse en cuenta que la procedencia o no del nombramiento, depende del cumplimiento de los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico, pues de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, el jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces debe verificar, antes de realizar el nombramiento, que el aspirante cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos en la ley. Circunstancia que se les hizo saber a las aspirantes que c