- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA
- Descriptores
- LESIONES PERSONALES CULPOSAS - / DEBER OBJETIVO DE CUIDADO - No se puede invertir la regla en que está fundado el principio de confianza, según el cual, si un usuario de la vía cumple con una adecuada conducción, deba además hacerlo con la expectativa de que los demás pueden en un momento dado no ajustarse al mismo orden de sus obligaciones, pues de esta manera se produciría un nivel de indiferencia que haría imposible actividad semejante / TESIS: El hecho de que fuera el copiloto y no el conductor quien iba hablando por celular, situación que no solo expone la víctima, sino que corrobora el procesado, no demuestra la ausencia de responsabilidad del acusado, todo lo contrario, la refuerza, en tanto indica que el procesado no conocía Yumbo ni sus vías, conducía un carro que no era de su propiedad, y a su vez su acompañante era la persona que le daba indicaciones para movilizarse por las vías (pese a que iba atendiendo una comunicación telefónica), lo que demuestra que el conductor iba más atento a esas indicaciones descuidando lo que acontecía a su alrededor, pues de haberse percatado a tiempo por el retrovisor de la presencia de la motocicleta conducida por la víctima y realizado un alto previo a efectuar el cruce, se hubiese evitado la colisión. / El hecho de que la víctima fuera menor de edad, y que no tuviera licencia de conducción vigente, es una circunstancia que no creó ningún riesgo para la producción del siniestro que se estudia en este caso, toda vez que fue el giro