- Decisión
- CONFIRMA PARCIALMENTE LA SENTENCIA, HACIENDO CLARIDAD QUE LA CONDENA SE IMPONE ÚNICAMENTE POR EL DELITO DE ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS AGRAVADO. REDOSIFICAR LA SANCIÓN PENAL IMPUESTA EN LA SENTENCIA, PARA DETERMINARLA EN DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN
- Descriptores
- ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - / CORROBORACIÓN PERIFÉRICA - / PRUEBA DE REFERENCIA - / DECLARACIONES DE LOS MENORES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL - Lo señalado por la menor por fuera de juicio oral a la psicóloga que realizó su valoración, en 2017, encuentra total respaldo en lo indicado por todos los demás testigos de la vista pública / TESIS: La corroboración periférica no sólo se da con lo expuesto por los testigos de la Fiscalía, sino que termina de apuntalarse con lo indicado por todos los demás declarantes de la defensa. Si bien, sus versiones intentaron desacreditar en primer término, la presencia del procesado en el lugar y hora de los hechos, así como la existencia de los tocamientos, la Sala encuentra varias situaciones extrañas o increíbles en sus versiones que parecen de alguna manera, aprendidas, no espontáneas y afianzan la versión de la menor. / Frente a los hechos que ocupan a la Sala, consistentes en unos tocamientos a IDG, todos los testigos de la defensa intentaron evadir las preguntas sobre el tema particular, aspecto ante el cual, esta Sala llama particularmente la atención, toda vez que, de acuerdo con su relato, daba la sensación al oyente que no se podía hablar sobre los tocamientos, pues en la mayoría de las preguntas acerca de los hechos que originaron la presente investigación o lo dicho por IDG, estas fueron evadidas por los testigos, cambiando el tema. Incluso S.G.R indicó vehementemente que, ese tema no se tocaba, haciendo relación a que, s