- Decisión
- ABSTENERSE DE DESATAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA DECISIÓN, QUE ADMITIÓ – COMO PRUEBA DE REFERENCIA – LA ENTREVISTA RENDIDA POR LA MENOR Y.D.M.C., A TRAVÉS DE ANIVAL VALDERRAMA TOVAR, POR IMPROCEDENTE
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- PRUEBA DE REFERENCIA - / PRÁCTICA DE UNA DECLARACIÓN ANTERIOR RENDIDA POR UNA MENOR DE EDAD VÍCTIMA DE UN DELITO SEXUAL - La incorporación de la declaración anterior, se pretende por el Fiscal, dado que no logró ubicar a la niña a pesar de realizar las actividades investigativas pertinentes para ello, como actividades de policía judicial, búsquedas selectivas en bases de datos, sin que pueda exigírsele actuaciones ilimitadas ante entidades infinitas, como lo alega la defensa, por esa suma de factores es que renuncia en la audiencia de juicio oral a su práctica, justificándose así el hecho de ofrecerlo en esa oportunidad procesal / TESIS: Resulta legalmente admisible incorporar y valorar las declaraciones anteriores de los menores víctimas de delitos sexuales como prueba de referencia, acorde con el art. 438 literal e), adicionado por la ley 1652 de 2013 IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN DE LA DECISIÓN QUE ADMITE LA PRUEBA - Ilicitud ilegalidad del medio probatorio / TESIS: Pese a que la defensa lo mencionó, lo cierto es que ésta ni siquiera expuso los argumentos de la presunta ilicitud de dicho medio probatorio, sino que lo alegado fue la ilegalidad del mismo, tópicos totalmente diferentes, dado que la primera es aquella que se ha obtenido o producido con violación de derechos y garantías fundamentales, - género entre el que se encuentran las pruebas prohibidas- , mientras que las segundas extienden sus alcances hacia los “actos de investigación” y “actos probatorios” pr