- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA
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- DEMANDA DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS AGRAVADO, ACTO SEXUAL VIOLENTO AGRAVADO Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR - / PRESUNCIÓN DE INOCENCIA - Valoración probatoria / TESIS: Para condenar, el juez no solo debe tener certeza de la existencia del delito y de la responsabilidad del acusado, sino que tal grado de persuasión solo puede ser obtenido a partir de “las pruebas debatidas en el juicio”. / Dentro del proceso la Fiscalía no logró ni siquiera de manera mínima probar la existencia de los delitos por los cuales acusó al señor F.R.V, y mucho menos su responsabilidad penal frente a los mismos. / Al juicio oral solo ingresó una versión de los hechos relatada por la víctima y corroborada por su madre, su abuela y su padre biológico; sumado a que ni siquiera por parte de medicina legal se hallaron hallazgos de lesiones físicas o de índole sexual sufridas por la presunta víctima. Y lo cierto es que, según lo probado, los hechos endilgados al procesado jamás ocurrieron. La prueba presentada no lleva al convencimiento certero sobre la existencia del delito entendido como conducta típica, antijurídica y culpable. La Fiscalía erró porque no introdujo la denuncia o entrevista que la menor previamente había presentado ante las autoridades, para así, al menos, tener la posibilidad de valorar su versión previa como testimonio adjunto Fuente Formal : 1. Constitución Política Art. 29 / Ley 906 de 2004 Art. 7, 373, 380, 381 / Corte Constitucional. Sentencia C-289 de 2012