- Decisión
- ST2-0420-2023
- Descriptores
- DEBIDO PROCESO - / TRASLADO SERVIDOR PÚBLICO - / PROCEDENCIA EXCEPCIONAL DE LA TUTELA - / REQUISITOS - / DEBIDO PROCESO - / TRASLADO POLICÍA NACIONAL - / CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES - / NO SE CONSIDERARON - / DEBIDO PROCESO - / TRASLADO POLICÍA NACIONAL - / TRÁMITE - / DEBE CUMPLIRSE TOTALMENTE - / TESIS: Respecto a la aplicación del presupuesto de la subsidiariedad, en casos como el presente, la Corte Constitucional, ha establecido las siguientes reglas: “No obstante, esta Corporación ha reconocido que de forma excepcional la acción de tutela es el mecanismo judicial procedente para controvertir decisiones relacionadas con la reubicación de trabajadores del Estado (…) este Tribunal fijó las condiciones que deben acreditarse en cada caso particular para que proceda vía tutela la protección de derechos fundamentales amenazados o vulnerados con ocasión a una decisión de traslado laboral, a saber: “(i) que la decisión sea ostensiblemente arbitraria, en el sentido que haya sido adoptada sin consultar en forma adecuada y coherente las circunstancias particulares del trabajador, e implique una desmejora de sus condiciones de trabajo; y (ii) que afecte en forma clara, grave y directa los derechos fundamentales del actor o de su núcleo familiar””. (C.C. Sentencia T-528 de 2017). TESIS: … el Responsable de Apoyo Psicosocial del Departamento de Policía Caldas rindió informe de visita sociofamiliar en el que, entre otras cosas, hizo referencia a que los padres del accionante, de 67 y 56