- Descriptores
- RETROACTIVO PENSIONAL - / PENSIÓN DE VEJEZ - CAUSACIÓN: Requisitos. / PRESCRIPCIÓN - EXCEPCIÓN: Se configura parcialmente. / TESIS: (…) existe una decisión impartida por este Órgano Colegiado, con efectos de cosa juzgada, que advirtió que el acceso efectivo a la pensión de vejez estaría a cargo de la administradora del Régimen de Prima Media, COLPENSIONES, siempre que los recursos destinados para esta contingencia se encontraran efectivamente en la cuenta global a su cargo y además, a la consideración traída por la jueza cognoscente, quien accedió al pago del retroactivo pensional a partir de la última cotización, febrero de 2012, sin tener en cuenta el requisito de edad ni las decisiones judiciales que frente a la demandante ya se habían adoptado. INTERESES MORATORIOS - NATURALEZA: Los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993 tienen naturaleza resarcitoria y no sancionatoria, no dependen de la buena o mala fe del deudor. / TESIS: INTERESES MORATORIOS: Al ser resarcitorios proceden por el pago incompleto de la prestación. Titulación Tema Descargar