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- PENSIÓN DE INVALIDEZ - Libertad probatoria: Las autoridades judiciales gozan de libertad para analizar la pérdida de capacidad laboral. / PENSIÓN DE INVALIDEZ - La falta de firmeza del dictamen de pérdida de capacidad laboral emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez, no impide que el juez tome la decisión correspondiente. / TESIS: (…) las experticias de las Juntas Regionales y Nacional de Calificación de Invalidez, no son pruebas solemnes, de modo que el juzgador no está sometido a tarifa legal y por ende, quedan sometidos a la apreciación bajo las reglas de la libre formación del convencimiento; por tanto, que la calificación del estado de invalidez no constituye una cuestión técnica ajena al conocimiento de los operadores judiciales, pues, por el contrario, es precisamente el juez del trabajo el que tiene el poder jurisdiccional para establecer el estado de invalidez y todas sus variables asociadas ( Titulación Tema Descargar