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- AUSENCIA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - / TESIS: Así las cosas, al no satisfacerse el primer supuesto la legitimación en la causa para formular este medio residual de defensa, no era procedente entrar al debate de la presunta vulneración o no del derecho fundamental deprecado, sin que se evidencie desconocimiento por el a quo de los principios de buena fe, lealtad procesal y acceso a la administración de justicia, quien no solo impartió el trámite a la acción de tutela, en la medida que no la inadmitió o rechazó de plano ante la ausencia de legitimación de la promotora, sino que requirió a quien la formuló un término para aportar los poderes echados de menos en las diligencias, carga que no cumplió al desatender el deber de colaborar al Juez para la práctica de pruebas en la acción constitucional, según lo dispone el numeral 8° del art. 78 del C.G. del P, quien como presunta apoderada en otras actuaciones de las señoras prenombradas pregonaba esa calidad. Titulación Tema Descargar