- Decisión
- CONFIRMA AUTO
- Descriptores
- TÍTULO EJECUTIVO - / REQUISITOS - / OBLIGACIÓN CLARA, EXPRESA Y EXIGIBLE - / TÍTULO EJECUTIVO - / MANDAMIENTO DE PAGO - / CONTROL DE LEGALIDAD - / TÍTULO EJECUTIVO CONTRACTUAL - / REQUISITOS DE VALIDEZ - / TÍTULO COMPLEJO - / TÍTULO EJECUTIVO - / REQUISITOS - / EXPRESIVIDAD - / CLARIDAD - / TESIS: Todo proceso ejecutivo sin importar la especialidad y jurisdicción en donde se intente debe apuntalarse en un título ejecutivo, cuyos requisitos de forma y fondo se consagran en el canon 422 del CGP que prevé que “Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, (…)”. En este sentido el proceso ejecutivo se caracteriza porque inicia con una providencia, aunque se califica como auto, que se pronuncia acerca del derecho sustancial reclamado, de tal manera que no se trata solo de una decisión formal… TESIS: … librada la orden de pago y previo a ordenar continuar con la ejecución debe el juzgador realizar un control de legalidad de la orden de pago para verificar los requisitos de forma y fondo, pues aun cuando el artículo 430 del C.G.P. prescribe que los requisitos de forma del título ejecutivo… sólo podrán discutirse mediante el recurso de reposición contra el mandamiento ejecutivo, lo cierto es que tal como esta Colegiatura lo ha explicado…, en seguimiento de lo expuesto por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia… la limitación impuesta en el